Puedenser: Ordenar la inmediata cesaci贸n de las actividades molestas por el infractor, ya sea el propietario de la vivienda (o miembros de su familia) o su arrendatario o personas que vengan ocupando el piso y local. Si el infractor fuere el propietario de la vivienda, se le podr谩 imponer una privaci贸n del derecho de uso de su propiedad por
. 270 51 160 60 350 379 292 360